Archive of January 2010
Se anuncia el FLISOL 2010 - Festival Latinoamericano de Software Libre
fuente: somoslibres
El Festival Latinoamericano de Instalación de Software Libre (FLISoL) es el evento de difusión de Software Libre más grande en Latinoamérica. Se realiza desde el año 2005 y su principal objetivo es promover el uso del software libre, dando a conocer al público en general su filosofía, alcances, avances y desarrollo.
Para tal fin, las diversas comunidades locales de software libre (en cada país, en cada ciudad/localidad), organizan simultáneamente eventos en los que se instala, de manera gratuita y totalmente legal, software libre en las computadoras que llevan los asistentes. Además, en forma paralela, se ofrecen charlas, ponencias y talleres, sobre temáticas locales, nacionales y latinoamericanas en torno al Software Libre, en toda su gama de expresiones: artística, académica, empresarial y social.
Puede obtener más información sobre FLISOL en Perú ingresando en la siguiente dirección: FLISOL PERU
A medida que se vayan confimando sedes y responsables, el wiki se irá actualizando con la información. También es posible conocer beneficios de participar y formas de colaborar en este evento en: http://www.flisol.info/FLISOL2010
Dinamarca utilizará el formato de documentos ODF
fuente: alcancelibre
Este viernes por la mañana, el gobierno de Dinamarca ha tomado una decisión importante: utilizarán el formato de documentos ODF en lugar del formato OOXML de Microsoft. Se trata de una decisión que esperemos sea igualmente adoptada por otros muchos gobiernos más.
Por ahora la decisión solo será efectiva para las instituciones de gobierno, pero todo indica que, en el futuro, los gobiernos regionales y municipales también adoptarán el formato ODF como estándar.
La decisión tomo cerca de cuatro años de discusiones, y muchos promotores del código fuente abierto temían lo peor. Sin embargo parece que el ministro finalmente cedió y escucho lo que mucha gente tenía que decir al respecto.
Sería interesante ver si en algún país de América Latina, considerando el factor inherente de corrupción gubernamental y el tráfico de influencias, llega a darse algún día una decisión similar.
Fuente: Slashdot.
Nuevo video: El Comercio Justo en 6 pasos
fuente: comerciojustoenargentina
La Coordinadora Estatal de Comercio Justo presentó un video donde explica qué es y en qué consiste el Comercio Justo en 6 sencillos pasos.
1.- Tú, el consumidor
2.- Todo tiene un precio
3.- Un mal proceso de producción
4.- Comercio Justo: cuando, donde y para qué
5.- Comprando lo justo
6.- Y ahora, tú decides
Mirá el video
Preguntas más frecuentes sobre la denuncia contra el Estado español por monopolio de las entidades de gestión
fuente: davidbravo
Preguntas generales
P. ¿Por qué interponer la denuncia?
R. Porque la Comisión Nacional de Competencia señala que la legislación española pudiera estar contraviniendo la legislación europea en materia de monopolio, monopolio que da lugar a abusos por parte de las entidades de gestión según dicho informe.
P. ¿Para qué voy a interponer la denuncia?
R. Para solicitar a las autoridades de la Unión Europea que analicen la situación legal española en materia de derechos de autor y comprueben si tal y como señala la Comisión Nacional de Competencia nuestra legislación pudiera contravenir la europea.
P. ¿Qué efectos puede tener la denuncia?
R. Puede suponer que la Unión Europea obligue a España a evitar los abusos en materia de propiedad intelectual, cambiando nuestra legislación.
P. ¿Cuánto me va a costar esto?
R. En dinero, te costará el importe del franqueo del correo certificado (2,49 euros). En cosas, el importe de dos folios y de un sobre.
P. ¿Cuánto tiempo voy a invertir en esto?
R. En tiempo invertirás el que tardes en ir a una oficina de correos a presentar la denuncia. Dependerá de lo lejos que esté de tu oficina o domicilio.
P. ¿Tendré que contratar un abogado?
R. No. Se trata de un procedimiento en el que no se necesita estar representado por un abogado.
P. ¿Quién se va a encargar de los sucesivos trámites del procedimiento?
R. Nos vamos a encargar David Bravo y Javier de la Cueva, quienes iremos informando a través de nuestros blogs.
P. ¿Voy a tener que asistir a un juicio?
R. No. Es un procedimiento en el que no hay un juicio al que tengas que asistir. No todas las denuncias por vulneración del Derecho comunitario acaban en juicio puesto que el Estado denunciado suele corregir sus vulneraciones. Si al final existiese uno, éste se celebra ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y el denunciante no tiene que asistir.
P. ¿Esto es una denuncia contra el Gobierno?
R. No. Lo que se denuncia es que existe una legislación española que facilita la existencia de unos monopolios prohibidos por la legislación europea.
P. ¿Por qué interponer tantas denuncias? ¿No basta con una?
R. Las denuncias múltiples son un sistema habitual de reivindicación ya previsto por la propia Comisión Europea, que las canaliza acumulándolas todas en un sólo procedimiento. Mediante el sistema de denuncia múltiple se comunica a la Comisión Europea no sólo la existencia de la posible infracción del Estado miembro sino también la preocupación que ésta suscita a los numerosos ciudadanos que se adhieren a la misma.
P. Sólo por curiosidad, ¿cuántas denuncias hay interpuestas a estas horas?
R. No lo podemos saber. Ya nos lo dirá la Comisión Europea cuando comience la siguiente fase del procedimiento que ahora todos hemos abierto con nuestra denuncia. Sí nos consta, sin embargo, que la denuncia ha sido descargada ya más de 20.000 veces.
P. ¿Se va a llevar un registro de denuncias?
R. No, el registro lo llevará la Comisión Europea.
P. ¿Hasta qué fecha puedo interponer la denuncia?
R. Dependerá de la contestación que nos dé la Comisión Europea y lo anunciaremos oportunamente a través de nuestros blogs:
http://derecho-internet.org/
http://filmica.com/david_bravo/
Quién puede interponer la denuncia
P. Tengo menos de 18 años, ¿puedo interponer la denuncia?
R. Podrías interponerla contando con la firma de tu madre, de tu padre o de quien ejerza sobre ti la patria potestad. Pero en ese caso, te recomendamos que esperes a que cumplas la mayoría de edad y luego te adhieras o que les comentes la iniciativa para que ellos interpongan la denuncia.
P. Tengo menos de 18 años pero estoy a punto de cumplirlos. ¿Puedo luego sumarme a la denuncia?
R. Cuando cumplas los 18 años, puedes sumarte entonces a la denuncia. En cuanto tengamos el número de procedimiento, publicaremos un documento para que lo puedas hacer.
P. Vivo fuera de España, ¿puedo interponer la denuncia?
R. Sí. Si vives fuera de España, puedes interponer la denuncia dirigiéndola a la delegación de la Comisión Europea del país donde vivas. Si no existe dicha delegación, puedes enviarla a las direcciones que figuran en las instrucciones de la denuncia.
P. Vivo en España y mi nacionalidad es de un Estado de la Unión Europea. ¿Puedo interponer la denuncia contra el Estado español?
R. Sí, cualquier nacional de un Estado miembro de la Unión Europea puede denunciar a otro Estado, aunque no fuera el suyo.
P. Represento a una empresa, asociación o colectivo. ¿Puedo interponerla en su nombre?
R. Si bien es posible, no es necesario. Puedes interponer la denuncia a título personal.
P. Pertenezco a una empresa, asociación o colectivo. ¿Necesitáis adhesiones a la denuncia?
R. No, pero muchas gracias de antemano por el interés. La denuncia trata de facilitar a los ciudadanos el ejercicio individual de sus derechos, por lo que no se trata de ejercer derechos colectivos, sino de cada uno de nosotros.
Cómo interponer la denuncia
P. ¿Cómo interpongo la denuncia?
R. Descargas la plantilla de la denuncia, la rellenas y la envías por correo certificado. Puedes descargar la denuncia de los siguientes enlaces:
P. ¿Cómo tengo que rellenar la denuncia?
R. En el segundo folio de la denuncia tienes las explicaciones.
P. ¿Puedo interponer la denuncia anónimamente?
R. No. Tienes que poner tus datos, pero puedes solicitar de la Comisión Europea que éstos no se transmitan al Estado español.
P. ¿Hay alguna diferencia entre permitir que el Estado español conozca que le he denunciado o no?
R. No existe ninguna diferencia a nivel legal para que la denuncia tenga mayor o menor éxito el hecho de que la interpongas permitiendo que el Estado español conozca o no tus datos.
P. ¿Puedo enviar la denuncia desde la web correos.es?
R. Sí puedes, pero el problema es que no conservas la copia sellada de tu copia de la denuncia. El sistema más seguro es el de su presentación por correo certificado en una oficina de Correos.
P. ¿Tengo que enviaros el recibo de haber presentado la denuncia?
R. No. No es necesario, basta con que lo guardes y conserves tú. De todas maneras, hay personas que están publicando en sus blogs una copia escaneada de la misma o del impreso de Correos. Incluso se ha propuesto confeccionar un mural.
Cómo es el procedimiento después de interponer la denuncia
P. ¿Cuáles son los primeros trámites después de presentar una denuncia?
R. A todos los que hemos presentado la denuncia nos llegarán dos primeras notificaciones de la Comisión Europea:
1.Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la denuncia, la Comisión acusará recibo de la misma al denunciante.
2.Además, al tratarse de una denuncia por vulneración del Derecho comunitario, en el plazo de un mes desde el envío del primer acuse de recibo, la Comisión enviará otra comunicación indicando el número de expediente que le ha correspondido.
P. ¿Cómo es el procedimiento posterior?
R. Se inicia el procedimiento previsto por la normativa comunitaria y que básicamente consiste en lo siguiente:
1. Si la Comisión Europea considera que se pudiera estar vulnerando el Derecho comunitario, enviará al Estado español una carta de emplazamiento para que éste haga sus alegaciones.
2. Ante la contestación que la Comisión reciba del Estado o si esta contestación no existe, la Comisión podrá emitir un dictamen que remitirá al Estado, proponiéndole las rectificaciones necesarias.
3. Si el Estado no se compromete a corregir las infracciones, la Comisión Europea podrá acudir ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para que éste decida si existe infracción.
P. ¿Cuánto puede durar este procedimiento?
R. Depende de los trámites de investigación y prioridades de la Comisión Europea, y de si el Estado presuntamente infractor corrige los defectos de su legislación.
P. ¿Conseguiremos algo interponiendo la denuncia?
R. Esta pregunta está mal planteada. Desde el momento en que se interpone la denuncia, ya has conseguido lo más importante: no te has quedado quieto y has luchado por tus derechos mediante un procedimiento legal.
P. Ya, pero, ¿se cambiará la legislación española?
R. Eso deseamos y para eso luchamos.
P. ¿Se plantearán nuevas acciones legales distintas a ésta?
R. Todas las que sean oportunas y necesarias. Llevamos años haciéndolo y es nuestro sistema de trabajo.
Tengo una pregunta que no está respondida
En ese caso, plantéala en twitter con el hashtag #cnc o en este grupo de facebook.
Nos perdonarás que no te contestemos directamente, pero la añadiremos a este documento para que así todos puedan beneficiarse de tu pregunta y de la respuesta.
La SGAE pone en pie de guerra a los grandes teatros de ópera españoles
fuente: eleconomista.es
Ni Mozart está a salvo. Primero fueron los pueblos que cada verano representan obras de nuestro repertorio de teatro clásico, como 'Fuenteovejuna', 'El Alcalde de Zalamea' o 'El Caballero de Olmedo'. Pero ahora la batalla va mucho más allá. Además el juicio sobre el canon se ha fijado para el 4 de marzo.
Los grandes coliseos y las asociaciones de amigos de la ópera se han puesto en pie de guerra contra las tarifas abusivas que, según dicen, les cobra la SGAE, y que puede acabar poniendo en peligro este género musical.
Escenarios del calibre del Teatro Real y el de la Zarzuela, en Madrid; el Liceo, de Barcelona; Campoamor, en Oviedo, el Arriaga, en Bilbao, el Teatro de la Maestranza, en Sevilla y el Calderón, de Valladolid, se han unido a través de la asociación Ópera XXI para estudiar qué medidas adoptan ante lo que consideran un abuso sin precedentes.
Según dicen, aunque todavía no hay nada decidido, la cuestión se ha trasladado ya de forma completamente informal ante la Comisión de la Competencia, y hay quien plantea incluso formalizar una denuncia ante la Comisión Europea.
Ingresos y pago a la SGAE
"La SGAE está cobrando un 10 por ciento de los ingresos en taquilla, los derechos de autor, el alquiler de las partituras y hasta las representaciones que llevamos de forma gratuita a la calle para fomentar la afición a la ópera y a la zarzuela. Van a acabar con la cultura". Así de contundente se muestra el portavoz de uno de los teatros afectados, que, de momento, prefiere mantener el anonimato.
Pero, ¿cómo puede la SGAE cobrar por obras de Mozart, Verdi, Puccini o Strauss? Según explican los teatros, la ley reconoce los derechos al autor o sus herederos durante un plazo de 70 años. A partir de ahí, especialmente tratándose de obras clásicas, lo que suele ocurrir es que las editoriales compran las partituras y son ellas las que tienen la potestad de alquilarlas para su representación.
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